Cuerpo Superior Facultativo. Escala de Medicina. Especial (Concurso-oposición)

a.– Modalidad de acceso general: 31
Sin exigencia de perfil lingüístico: 11
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 2
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 18
b.– Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 1
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 1
En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 2,3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuges de nacionales de estados miembros de la Unión Europea, siempre que no haya separación de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no haya separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo o escala al que se pretende acceder.
- Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- No haber sido objeto de sanción de separación del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, en el que hubiese sido sujeto de separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o en situación equivalente ni haber sido objeto de sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público, en los mismos términos.
- Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en las correspondientes bases específicas. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- No incurrir en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
- Haber satisfecho la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal, correspondiente al proceso y cuerpo y escala al que concurra y cuyo importe se detallará en las correspondientes bases específicas.
- No ser personal funcionario de carrera del mismo cuerpo y escala.
- Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas.
Quienes concurran a plazas reservadas para personas con discapacidad, además de cumplir los requisitos de participación a que se refiere la base 3, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % por el órgano competente de las Diputaciones Forales, el IMSERSO o equivalente, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
- Título de especialista en medicina del trabajo.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
- Formación de 600 horas para el desempeño de las funciones de prevención de riesgos laborales de nivel superior o certificación de formación o título habilitante para ejercer de técnico o técnica superior de prevención de riesgos laborales con las 3 especialidades: seguridad, higiene y ergonomía y psicosociología.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
- Inglés B1.
Deberá alegarse en el trámite de alegación de méritos, en los términos que se establecen en la base general 9.7.
- Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
- La colegiación en el correspondiente Colegio Profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
- Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 23 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase oposición es de 120 puntos
- Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 80 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
a) Experiencia. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la puntuación total por experiencia se obtendrá de la suma de la puntuación obtenida en los apartados de experiencia general y de experiencia específica.
La puntuación máxima por experiencia será de 62 puntos, conforme al siguiente baremo:
a.1) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado en Cuerpos, Escalas o categoría de Medicina o en puestos adscritos a los mismos, con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,083 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 22 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
a.2) Experiencia específica.
De manera específica diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorará la experiencia específica.
A cada persona aspirante se le asignarán dos valoraciones diferentes a su experiencia específica alegada. La primera será aplicada para la adjudicación de los puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 23 y 25 y la segunda será aplicada para la adjudicación de los puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 27 y 28.
En ambos casos, el valor de la experiencia específica, con un máximo de 40 puntos, vendrá determinado por la aplicación de las normas que a continuación se detallan:
a.2.1) Valoración de la experiencia específica para puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 23 y 25. Se valorarán los siguientes servicios prestados:
– Con nombramiento en la Escala de Medicina del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
– Con nombramiento en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Licenciatura en Medicina, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
– Con relación laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la CAE asimiladas a dicha escala.
– En puestos adscritos a la Escala de Medicina del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente en el momento de la convocatoria.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,151 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 40 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
a.2.2) Valoración de la experiencia específica para puestos de trabajo de nivel de complemento de destino 27 y 28. Vendrá determinada por la suma de las puntuaciones resultantes de la aplicación de las reglas contenidas en los apartados siguientes.
i) A razón de 0,072 por mes trabajado hasta un máximo de 13 puntos los siguientes servicios prestados:
– Con nombramiento en la Escala de Medicina del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
– Con nombramiento en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Licenciatura en Medicina, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
– Con relación laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la CAE asimiladas a dicha escala.
– En puestos adscritos a la Escala de Medicina del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente en el momento de la convocatoria.
ii) Adicionalmente se valorarán a razón de 0,15 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos los servicios prestados del apartado (i) anterior en puestos de trabajo con complemento de destino 27, 28 y 29.
El cómputo en este apartado a.2.2) se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 15 años que cumplan los requisitos exigidos para cada uno de los tipos de experiencia y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Titulaciones y superación de pruebas en procedimientos de acceso a la condición de funcionario de carrera o laboral fijo y pertenencia a las bolsas de trabajo.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los siguientes méritos:
b.1) A razón de 5 puntos por título hasta un máximo de 10, las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
091401 Ingeniería biomédica y de la salud
051901 Biomedicina
084101 Veterinaria
051202 Biotecnología
051101 Biología
051201 Bioquímica
052101 Ciencias ambientales
053101 Química
072101 Ciencia y tecnología de los alimentos
091601 Farmacia
091301 Enfermería
054201 Estadística
054101 Matemáticas
054988 Otras matemáticas y estadística
031406 Sociología
Se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, tampoco serán valorables aquellas titulaciones que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso.
Titulaciones comprendidas en cada campo de estudio. (PDF, 4 MB)
b.2) Por la superación de pruebas en procedimientos de acceso la condición de personal funcionario de carrera de Cuerpo Superior Facultativo, Licenciatura en Medicina de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, celebrados desde el año 2000, incluido, se valorará con un máximo de 10 puntos:
– Superación de la fase oposición: 10 puntos.
– Superación del primer ejercicio de la fase oposición: 7 puntos siendo esta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.
b.3) Por formar parte de las bolsas de trabajo de la Escala de Medicina del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se valorará con 7 puntos siendo ésta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.
c) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 3 puntos, a razón de 1 punto por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft Power Point2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado
– Microsoft Access 2000/XP/2003/ avanzado.
– Internet avanzado.
– Microsoft Access 2010.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en las bases generales. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, sólo se valorará uno de ellos.
A efectos de esta convocatoria, a quienes acrediten el nivel avanzado se les considerará, asimismo, acreditado el nivel básico.
d) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, francés y alemán en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia, hasta un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 2 puntos por idioma.
– Nivel B2: 1,5 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma
- Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, conforme al siguiente baremo:
- Perfil lingüístico 1: 12 puntos.
- Perfil lingüístico 2: 18 puntos.
- Perfil lingüístico 3: 26 puntos.
Acceso a la solicitud electrónica y seguimiento del proceso selectivo
(La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará a través del Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo–publico/,
siguiendo las instrucciones que se le irán indicando durante su cumplimentación, siendo necesario identificarse mediante uno de los medios admitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/), o mediante el usuario temporal que facilita la propia aplicación, una vez cumplimentada la solicitud. Dicho usuario temporal únicamente podrá utilizarse para la consulta de la solicitud. Para el resto de trámites, será necesario disponer de uno de los medios de identificación electrónica admitidos.
La solicitud por vía electrónica se podrá realizar también en los centros públicos KZ–Gunea del Gobierno Vasco. El listado de centros KZ–Gunea y su ubicación se encuentra disponible en la dirección www.kzgunea.eus.)
Solicitando cita previa en las siguientes dependencias del IVAP:
Horario lunes a viernes 08:30-14:00
- Duque Wellington, 2. 01010 Vitoria–Gasteiz
- Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
- San Bartolomé, 28. 20007 Donostia-San Sebastian
Solicitud de cita previa:
- Formulario internet
- Teléfono para cita previa: 945 01 77 03 (08:30-14:00)
Temario general desarrollado. (PDF, 8 MB)
Batería de preguntas. (PDF, 1 MB)
Temario:
1.– La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995 y sus modificaciones): Objeto, ámbito de aplicación y definiciones; Principios de acción preventiva; Equipos de trabajo y medios de protección; Información, consulta y participación de los trabajadores; Formación de los trabajadores.
2.– Osalan –Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral (Ley 7/1993 de 21 de diciembre de creación de Osalan). Estructura orgánica. Funciones y competencias.
3.– Organización y gestión de las Unidades Básicas de Salud de los Servicios de Prevención.
4.– La vigilancia de la salud. Vigilancia individual y colectiva. Protocolos de vigilancia sanitaria especifica de los trabajadores. Guía básica y general de orientación de la vigilancia de la salud. Valoración de la Aptitud para el puesto de trabajo. La transmisión de la información en la empresa. Consideraciones éticas.
5.– El accidente de trabajo y las enfermedades profesionales. La enfermedad del trabajo. Concepto, notificación. Comunicación de sospecha de enfermedad profesional.
6.– Factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Carga mental y estrés. Burnout. Acoso moral. Evaluación de riesgos Psicosociales. Protocolo de actuación.
7.– Protección del personal especialmente sensible. Adaptación del puesto de trabajo. Riesgos durante el embarazo y lactancia. Prestación por riesgo durante el trabajo.
8.– Ordenación sanitaria: Normativa sobre autorización de centros y establecimientos, servicios. Normativa sobre profesiones sanitarias. Registro Vasco de Profesionales del ámbito sanitario. Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Acreditación de actividades sanitarias.
9.– Cartera de servicios y prestaciones.
10.– Sistemas de información sanitaria. Historia clínica.
11.– Publicidad sanitaria.
12.– Marco estratégico 2021-2024 del Departamento de Salud. Estructura orgánica y funcional.
13.– Plan de Salud de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Áreas prioritarias. Evaluación. Informes anuales de resultados e informes sectoriales.
14.– Principales problemas de salud en la población vasca actual. Determinantes de la salud. Salud en todas las políticas. Atlas de salud poblacional de Euskadi. Funciones a desarrollar por el Observatorio de Salud.
15.– La Encuesta de Salud de la CAPV (ESCAV). Objetivos, metodología y resultados. Datos relevantes.
16.– Sistemas de información y registros sanitarios. Registro de mortalidad, registro de altas hospitalarias, registro de cáncer, registro de interrupción voluntaria del embarazo, sistema de información de toxicomanías, registro de enfermedades raras, registro de anomalías congénitas.
17.– Contrato-programa. Concepto y contenido. El anexo de calidad (anexo 2) y su evaluación.
18.– Principales planes y estrategias que se evalúan en el anexo de calidad del Contrato-programa: Plan Oncológico de Euskadi, Plan de Atención Integrada a Pacientes al Final de la vida, Plan de Atención a las Personas Mayores, Estrategia de seguridad del paciente.
19.– La Atención sociosanitaria en Euskadi. Estrategia 2021-2024. Áreas de actuación y proyectos.
20.– Evaluación de Tecnologías Sanitarias. Objetivos y métodos. Informes de evaluación, informes de revisión y guías de práctica clínica.
21.– Normativa básica del sistema público de salud. Ley 14/1986, General de Sanidad. Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Ley 8/1997 de Ordenación sanitaria de Euskadi. Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
22.– Aseguramiento sanitario. Tarjeta individual sanitaria. Derechos y deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.
23.– Otras prestaciones: La prestación farmacéutica, fármacos y otros productos sujetos a condiciones especiales de prescripción y dispensación. El copago farmacéutico. La prestación ortoprotésica. El reintegro de gastos sanitarios. Trasporte sanitario. Técnicas de terapia respiratoria domiciliaria.
24.– Incapacidad temporal y permanente en el sistema de Seguridad Social. Marco legal y conceptos básicos. Agentes implicados en su gestión y evaluación. Funciones de cada uno de ellos.
25.– Responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria. Papel de la inspección médica del Departamento de Salud. El informe pericial, estructura y contenido.
26.– Otras funciones de la inspección médica: las voluntades anticipadas en el ámbito de la salud, normativa a aplicar, conceptos y gestión del acta de otorgamiento de voluntades anticipadas.